Las personas que se desempeñan como juezas y jueces de paz son actores de alta relevancia y reconocimiento en sus comunidades, lo cual es refrendado a través de un proceso de elección popular, con el cual quedan habilitados para administrar justicia durante un periodo de cinco (5) años.
Al ser elegido(a) como juez o jueza adquiere la responsabilidad de administrar justicia con base en el justo comunitario, a través de los acuerdos que sean construidos por las partes, bien sea desde el consenso, o desde sus fallos en equidad.
Asuntos cuyas pretensiones sean superiores a 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Actos sujetos a solemnidades, por ejemplo, cualquier trámite sujeto a registro.
Acciones constitucionales (por ejemplo, tutelas o acciones populares).
Conflictos en los que el Estado sea contraparte, como es el caso de las acciones contencioso-administrativas.
Acciones civiles sobre capacidad y estado civil de las personas.
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